jueves 18 de abril de 2024

ELECCIONES

La Corte le dijo no a Weretilneck

El actual gobernador de Río Negro no podrá presentarse como candidato en las próximas elecciones.

La Corte le dijo no a Weretilneck
viernes 22 de marzo de 2019

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que Alberto Weretilneck no puede ser candidato en los comicios de la provincia de Río Negro, el próximo 7 de abril. +

“Se impusieron los votos de Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco votaron en sintonía con la expectativa del gobierno nacional, a favor de la re-reelección de Weretilneck”, informó Infobae.

El fallo rechazada la interpretación del artículo 175 según el cual entendía la cuestión como algo provincial, por lo que no convalidó la habilitación que previamente había otorgado el Superior Tribunal de Justicia para la postulación. La decisión se toma "en virtud de desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder, al darle sentido a la noción de periodicidad de los mandatos. La vigencia del sistema republicano presupone de manera primordial la periodicidad y renovación de las autoridades” 

Así mismo el fallo recuerda “la historia política de la Argentina es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que -con menor o mayor envergadura y éxito- intentaron forzar –en algunos casos hasta hacerlos desaparecer- los principios republicanos que establece nuestra Constitución. Ese pasado debería desalentar ensayos que, como el que se examinaba en el caso, persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de la máxima magistratura provincial a quien ya llevaba ocho años ininterrumpidos en ella, desconociendo el texto constitucional, máxima expresión de la voluntad popular”.

“La trascendencia que presenta la cuestión sometida a consideración del Tribunal impone señalar que la obligación de respetar y acatar el proyecto de república democrática que establece la Constitución Nacional pesa también sobre los partidos políticos, por su condición de instituciones fundamentales del sistema democrático (art. 37 y 38 de la Constitución Nacional). Por ello sus conductas deben reflejar el más estricto apego al principio republicano de gobierno y evitar cualquier maniobra que, aun cuando pueda traer aparejado algún rédito en la contienda electoral, signifique desconocer las más elementales reglas constitucionales”.

Por último calificó de comportamiento imprudente de la Alianza “Juntos Somos Rio Negro”, que pretendía presentar ante el pueblo de la Provincia de Río Negro un candidato a gobernador que no se encontraba constitucionalmente habilitado para hacerlo, valiéndose para ello de presentaciones judiciales y de sentencias emitidas a pocas semanas de la realización de los comicios.

 

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