viernes 8 de mayo de 2026

Fueron detenidos los dos condenados por el homicidio de Juan Caliani, a más de dos años del crimen

Mateo Guillermo Herrera y Cristian Joel Miño comenzaron a cumplir sus condenas por el asesinato del periodista neuquino. La defensa intentó evitar el traslado a una unidad penitenciaria, pero el planteo fue rechazado.

Fueron detenidos los dos condenados por el homicidio de Juan Caliani, a más de dos años del crimen
viernes 08 de mayo de 2026

La audiencia realizada esta semana en la sala 10 de la Ciudad Judicial de Neuquén estuvo atravesada por momentos de tensión. Allí se resolvió el inicio del cumplimiento efectivo de las condenas para Mateo Guillermo Herrera y Cristian Joel Miño, los dos jóvenes hallados responsables por el asesinato del periodista Juan Caliani.

Hasta ahora, ambos permanecían en libertad bajo medidas judiciales especiales debido a que eran menores de edad al momento del crimen, ocurrido el 1 de abril de 2024. Tenían 16 y 17 años y transitaban el proceso bajo el régimen de la Ley Provincial 2302. Sin embargo, tras reiterados incumplimientos de las pautas impuestas y distintos episodios de violencia registrados durante ese período, la Justicia avanzó con la ejecución de las penas.

La jornada también estuvo marcada por el reclamo de la familia Caliani, que durante todo el proceso denunció demoras y sensación de impunidad. Horas antes de la audiencia, Ana Mercado, madre del periodista asesinado, publicó un mensaje donde calificó la medida como una “justicia tardía”. También cuestionó "los pocos años de condena" y que los condenados hayan permanecido libres durante más de dos años después del crimen.

Durante la audiencia, las defensoras Mariela Borgia y Luciana Petraglia realizaron una serie de planteos ante la jueza Raquel Gass. En primer lugar, solicitaron que la prensa no pudiera permanecer en la sala argumentando que los acusados habían sido juzgados como menores de edad. El pedido fue rechazado por la magistrada, quien sostuvo que ambos ya alcanzaron la mayoría de edad.

Luego, la defensa pidió que los condenados no fueran enviados ni a una cárcel ni a una comisaría. Las abogadas señalaron que el contexto penitenciario actual no ofrece garantías adecuadas para jóvenes de esa edad (actualmente 18 y 20 años), y advirtieron sobre el impacto psicológico que podría provocar el encierro en establecimientos con población adulta.

Además, solicitaron que se computara como parte de la condena el tiempo que los imputados permanecieron bajo medidas restrictivas y arresto domiciliario durante el proceso judicial.

Finalmente, la jueza aceptó parcialmente ese planteo y determinó que ese período deberá contemplarse al momento de realizar el cómputo total de la pena. Sin embargo, confirmó la detención inmediata de ambos jóvenes, que fueron trasladados provisoriamente a una comisaría hasta la asignación de una unidad penitenciaria.

En la etapa previa de determinación de pena, el fiscal Germán Martín había solicitado seis años de prisión para Miño —considerado quien sujetó a la víctima— y nueve años para Herrera, señalado como autor de la puñalada mortal. Por su parte, el abogado querellante Federico Egea había pedido penas más altas.

Aunque en una primera sentencia el juez Dardo Bordón determinó condenas acordes al pedido fiscal, posteriormente el Tribunal de Impugnación integrado por Florencia Martini, Federico Sommer y Richard Trincheri, resolvió reducirlas. De esta manera, Herrera fue condenado a ocho años y seis meses de prisión efectiva, mientras que Miño recibió una pena de cinco años y ocho meses.

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