lunes 29 de junio de 2026

Violencia de género y amenazas: el imputado tendrá que irse de San Patricio del Chañar

Al violento se le aplicó una suspensión de juicio a prueba, herramienta que permite una salida alternativa y se aplica a casos con penas inferiores a tres años de prisión y a personas que no tienen antecedentes penales.

Violencia de género y amenazas: el imputado tendrá que irse de San Patricio del Chañar
lunes 29 de junio de 2026

Un hombre que fue imputado por amenazar a su expareja y a dos vecinos en San Patricio del Chañar aceptó irse de la localidad y no regresar, como parte de una serie de pautas de comportamiento que deberá cumplir durante un plazo de tres años.

La decisión fue tomada el viernes pasado durante una audiencia en la Ciudad Judicial, en la que la fiscal del caso, Eugenia Titanti, presentó los términos de una Suspensión de Juicio a Prueba (SJP). Esta herramienta permite una salida alternativa y se aplica a casos con penas inferiores a tres años de prisión y a personas que no tienen antecedentes penales.

Además, las tres víctimas de ambos hechos estuvieron de acuerdo con la solución propuesta y se informó al imputado que, en caso de incumplir alguna pauta, podrían imponerle una pena de prisión efectiva.

Entre los términos de la SJP, se estableció que el imputado, A. G. C., se mude a otra provincia; que no concurra a San Patricio del Chañar; que no contacte por cualquier medio a las víctimas; que realice 96 horas de tareas comunitarias; que inicie un tratamiento por consumos problemáticos; y que se presente en forma cuatrimestral ante el organismo de población judicializada de la provincia a la que se mude para controlar el cumplimiento de estas reglas.

De acuerdo a la investigación del Ministerio Público Fiscal (MPF) y la Policía provincial, A. G. C. cometió dos hechos: el 9 de abril del corriente año, alrededor de las 21:30, amenazó con un arma de fuego a dos hombres que estaban frente a un comercio en el sector “La Costa”. Junto con otra persona que no pudo ser identificada, fue hacia las dos víctimas, comenzó a increparlas física y verbalmente, y luego les exhibió un arma de fuego.

Al advertir la presencia de personal policial ambos se dieron a la fuga, aunque A. G. C. fue detenido.

El otro hecho fue en contra de una mujer que fue su pareja, en un contexto de violencia de género. El 20 de junio último, alrededor de las 2:20 de la madrugada. Ingresó al domicilio de ella y le quitó un teléfono celular. Luego regresó, le reclamó que le entregue otro teléfono que ella tenía y, ante la negativa de la mujer, la agredió físicamente, le exhibió un cuchillo y la amenazó. Ante el arribo de personal policial a la vivienda, A. G. C. fue detenido.

Luego, alrededor de las 14, fue notificado de una orden judicial que le impedía ejercer actos de perturbación, intimidación o violencia contra la víctima, así como la prohibición de acercarse a 200 metros de la joven y de ingresar al domicilio.

Sin embargo, el 23 de junio alrededor de la medianoche, el imputado fue a la casa de la víctima al menos en dos oportunidades y en una de ellas intentó ingresar, por lo que la mujer accionó un botón antipánico y arribó el personal policial.

La imputación fue por el delito de amenazas agravadas por el uso de arma (dos hechos), en concurso real con desobediencia a una orden judicial.

La jueza de garantías que dirigió la audiencia, Carina Álvarez, avaló los términos de la SJP presentados.

Durante la audiencia, la fiscal del caso estuvo acompañada por la asistente letrada Galia Borelli.

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