Figueroa presentó la modificación a la ley de tierras para preservar el interés provincial
El proyecto busca propiciar la asignación de tierras fiscales a personas que tengan vinculación efectiva con la provincia, cumplan condiciones verificables y respeten objetivos de producción sostenible, según establecen la fundamentación.
El gobernador Rolando Figueroa presentó un proyecto de ley que modifica el articulado de la ley 263 -Código de Tierras Fiscales-, con el fin de propiciar la asignación de tierras fiscales a personas que tengan vinculación efectiva con la provincia, cumplan condiciones verificables y respeten objetivos de producción sostenible, según establecen la fundamentación.
La reforma recae sobre el artículo 1° de la ley 263, en el que se explicita que el Poder Ejecutivo promoverá el cumplimiento de la función social de la tierra fiscal, mediante su arrendamiento y enajenación en forma progresiva y orgánica a favor de los auténticos trabajadores del campo. Declárase norma fundamental para la interpretación y aplicación de la ley, el concepto de que la tierra no debe constituir un bien de renta sino un instrumento de trabajo.
El objetivo principal es la protección del campesinado y la reactivación de la tierra fiscal a través del incentivo a proyectos productivos vinculados a las actividades ganaderas, agrícolas, forestales, turísticas, industriales o de agregado de valor, que promuevan el arraigo, la generación de empleo, el desarrollo sostenible y la protección de los recursos naturales de dominio provincial. Sólo podrán adjudicarse tierras fiscales en venta o en arrendamiento a personas humanas o jurídicas argentinas.
Las modificaciones impulsadas consisten en la fijación de condiciones para la adjudicación y el arrendamiento de tierras fiscales en todo el territorio provincial, con el objetivo de proteger el interés público provincial, fortalecer el uso productivo y estratégico de las tierras, garantizar la planificación territorial y resguardar la soberanía territorial efectiva.
“Las tierras fiscales, por su destino y relevancia social y económica, constituyen un activo del patrimonio provincial destinado a políticas de desarrollo productivo de la agricultura, ganadería, forestación, energías renovables, turismo, industria, ordenamiento territorial y ambiental, generación de empleo y prevención de la concentración indebida”, sostiene el gobernador en los fundamentos.
Más adelante agrega que la modificación que tiene por fin preservar el interés provincial respecto de un recurso estratégico, a través del ejercicio por parte de la provincia de la jurisdicción plena sobre su territorio, sus competencias no delegadas de conformidad con el Artículo 121 de la Constitución Nacional y el dominio originario de sus recursos naturales existentes en su territorio en virtud de lo dispuesto por el Artículo 124 de la Carta Magna.
12.3ºc