Comarsa: concluyó la investigación y el caso quedó habilitado para ir a juicio
En principio, quedaron habilitadas alrededor de un centenar de personas para declarar como testigos durante el juicio, cuya fecha deberá fijar la Oficina Judicial.
La investigación por contaminación en un predio que operaba la empresa Comarsa en la ciudad de Neuquén concluyó y el caso quedó habilitado para ir a juicio.
Ayer finalizó la última audiencia del control de la acusación, etapa en la que la fiscalía de Delitos Ambientales junto a los querellantes, la Asociación de Abogadas, Abogados y Profesionales del Ambiente y la Asamblea por los Derechos Humanos de Neuquén y Río Negro (APDH), plantearon que el caso debe resolverse en juicio con la modalidad de jurado popular.
El juez de garantías que dirigió la audiencia, Juan Manuel Kees, resolvió que el caso pase a la etapa de juicio con un tribunal colegiado, compuesto por tres jueces o juezas, por lo que rechazó la modalidad de jurado popular. Indicó que están previstos para casos de abuso sexual o delitos contra la integridad de las personas, con penas superiores a los 15 años.
En principio, quedaron habilitadas alrededor de un centenar de personas para declarar como testigos durante el juicio, cuya fecha deberá fijar la Oficina Judicial.
La decisión fue tomada en un contexto donde resta conocer la resolución de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) sobre las suspensiones de juicio a prueba otorgadas a los tres imputados en forma previa a la realización del control de la acusación: un juez de garantías las concedió pese al rechazo del Ministerio Público Fiscal (MPF) y las partes querellantes; luego un Tribunal de Impugnación las anuló ante los recursos presentados por el MPF y las querellas.
El delito por el cual se habilitó el juicio es el de contaminación peligrosa para la salud pública (artículos 57 y 55 de la ley 24.051 de residuos peligrosos, con remisión al artículo 200 del Código Penal; y 45 del Código Penal, en calidad de coautores).
Los tres imputados son J.M.L, presidente desde el 1 de abril de 2014; accionista mayoritario y controlante de Comarsa; H.E.B; director suplente entre abril de 2014 y mayo de 2017, pero que permaneció en posición de decisión hasta enero de 2021 y que tuvo funciones delegadas de administración y control; y F.A.P, quien entre principios de 2013 y septiembre de 2016 fue gerente general y responsable técnico de la firma, tenía la dirección del personal a su cargo y reportaba en forma directa a los otros dos acusados.
Al momento de la formulación de cargos, la fiscalía de Delitos Ambientales y las querellas también había planteado el concurso ideal con administración fraudulenta (artículo 173, inciso 7, del Código Penal), pero durante el control de acusación los acusados fueron sobreseídos por este delito.
La teoría del caso del MPF fue que desde 2014 en el predio de Comarsa en el parque industrial de Neuquén, la empresa recibió residuos petroleros por encima de su capacidad de tratamiento comprometida con YPF, lo que generó una acumulación masiva sin procesar. Según la fiscalía, mientras eso ocurría, emitió certificados de tratamiento no realizado y cobró por esos servicios, lo que le permitió sostener contratos, simular ganancias y dificultar los controles. Pese a que debía trasladarse fuera del ejido urbano y dejar de recibir residuos, continuó operando e incumplió reiteradamente los planes de cierre y remediación.
19.9ºc