Acuerdan pena de prisión por homicidio en exceso de la legítima defensa
Debido a que las partes renunciaron a los plazos para impugnar, la sentencia quedó firme.
En una audiencia de determinación de la pena, la fiscal del caso Lorena Juárez presentó un acuerdo mediante el cual Mariano Nicolás Iuliano fue condenado a un año de prisión de cumplimiento efectivo por el homicidio de Néstor Jesús Ibarra, cometido bajo la figura de exceso en la legítima defensa.
Para arribar al acuerdo, la representante del Ministerio Público Fiscal tuvo en cuenta el pedido de la familia de la víctima de no continuar con el proceso, expresado a través del Servicio de Atención a la Víctima y Testigos (SAVyT) del Ministerio Público Fiscal.
Iuliano fue declarado penalmente responsable, en un veredicto unánime, pese a que durante el juicio la fiscalía había solicitado una condena por homicidio simple.
El hecho fue cometido entre las 4:45 y las 5:10 del 21 de agosto de 2025, en un sector del barrio Sapere cercano a la costa del río Neuquén. Ibarra se encontraba junto a su expareja, una amiga de ella y un amigo cuando salieron de una vivienda para ir a comprar cigarrillos.
En ese momento, Iuliano llamó a Ibarra desde su domicilio para que se acercara a hablar. Una vez que la víctima ingresó al sector donde se encontraba la vivienda del acusado, Iuliano le asestó una única puñalada con un arma blanca de grandes dimensiones en el costado izquierdo del cuerpo y huyó. Ibarra alcanzó a pedir ayuda antes de desplomarse.
La autopsia determinó que Ibarra murió como consecuencia de un shock hipovolémico provocado por una herida punzocortante que lesionó ambos pulmones y el corazón.
El tribunal colegiado que intervino en el juicio, integrado por las juezas Florencia Martini y Natalia Pelosso y el juez Juan Manuel Kees, sostuvo que Iuliano actuó para protegerse de una agresión previa, que durante el debate no pudo ser descartada esa hipótesis y que la duda debía interpretarse a favor del acusado.
Durante la audiencia de hoy, el mismo tribunal que determinó que el hecho fue cometido con exceso en la legítima defensa avaló el acuerdo de pena y condenó a Iuliano a un año de prisión de cumplimiento efectivo.
Debido a que las partes renunciaron a los plazos para impugnar, la sentencia quedó firme.
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