2026-06-12

Mediación y conciliación en el MPF: 6 de cada 10 casos que ingresan al área logran una solución

El porcentaje de solución de los procesos de mediación y conciliación del Ministerio Público Fiscal (MPF) fue del 61,5 por ciento en promedio, en toda la provincia.

El dato surge del informe estadístico elaborado por la oficina de Mediación y Conciliación sobre el periodo 2025, y refleja que 6 de cada 10 casos derivados por los y las fiscales hacia la oficina de Mediación y Conciliación se solucionaron mediante el diálogo entre las partes en conflicto, que es un modo alternativo de resolución con el que cuenta el MPF.

“Estos resultados ratifican que la mediación y conciliación penal son herramientas viables y muy efectivas para resolver conflictos”, destacó la responsable de la oficina de Mediación y Conciliación del MPF, Cecilia Basterrechea. “Son resoluciones a las que se llega por vías restaurativas, que evitan la judicialización innecesaria, fortalecen el diálogo, dan mayor celeridad y ponen el foco en las personas”, remarcó.

Durante 2025 la oficina de Mediación y Conciliación trabajó con un universo de 1.853 legajos penales ingresados a nivel provincial. De este total, en 374 casos (20,2 por ciento del total) no fue posible implementar el proceso debido a incomparecencias (306) o a la falta de datos mínimos para establecer el contacto con las personas involucradas (68).

Esto determinó un total de 1.479 casos en los que efectivamente la oficina de Mediación y Conciliación trabajó, y cuyos resultados fueron los siguientes:

Resultados positivos directos (725 casos): 447 acuerdos formales; 260 solicitudes de archivo; 12 coordinaciones institucionales; 6 compromisos de penal juvenil.

Desescalamiento sin acuerdo formal (184 casos): Fueron instancias de diálogo efectivo donde las partes se sentaron cara a cara y lograron disminuir el nivel de conflictividad primario, representando un avance significativo.

“Si sumamos los acuerdos, archivos, coordinaciones, compromisos juveniles y los espacios de diálogo efectivo, las respuestas restaurativas comprendieron un total de 909 casos”, remarcó Basterrechea. “De acá surge el 61,5 por ciento de éxito sobre los casos en los que el proceso pudimos ponerlo en marcha”, precisó.

Sobre los tipos de casos en los que se trabajó tras las derivaciones realizadas por los y las fiscales, precisó que comprendieron delitos vinculados a amenazas,  estafas,  lesiones leves y graves, hurtos, por lo general.

Despliegue territorial y composición del equipo

Con el objetivo de garantizar el acceso de la mediación y conciliación en toda la provincia, el MPF llevó adelante una instalación gradual de equipos que en la actualidad tiene un total de 12 mediadores y mediadoras distribuidos en las ciudades de Neuquén, Cutral Có, Zapala, San Martín de los Andes, Junín de los Andes, Villa La Angostura y Chos Malal. A ellos se suma el personal administrativo, que son cinco personas más como parte del equipo.

“En paralelo, trabajamos de forma muy articulada con los jueces y juezas de paz de toda la provincia, lo cual permite que los equipos de mediación se trasladen a otras localidades de las diversas regiones del interior para dar respuestas en estos lugares también”, indicó Basterrechea.

El marco normativo:

La mediación y conciliación comenzó a implementarse en el ámbito penal con la reforma procesal penal de enero de 2014, cuando entró en vigencia el nuevo Código Procesal Penal de la Provincia del Neuquén (Ley 2784), que delegó al MPF la investigación de los casos y el diseño de una política de persecución penal.

En el artículo 17 del código procesal, se estableció que tanto jueces como fiscales deben procurar la solución del conflicto primario surgido como consecuencia de los hechos, con el fin de restablecer la armonía entre sus protagonistas y la paz social, utilizando la pena como último recurso.

En ese marco, la mediación y la conciliación penal funcionan como herramientas concretas del MPF, sustentadas además en la Ley provincial 2879 (creó el Programa de Mediación Penal en el ámbito del Poder Judicial de Neuquén”; el Acuerdo 5163 del Tribunal Superior de Justicia que aprobó la reglamentación del programa; y la Ley provincial 2996 que modificó la Ley 2879.

“Más allá de los indicadores estadísticos, el mayor impacto radica en la construcción sostenida de una cultura de resolución pacífica de controversias donde los ciudadanos y ciudadanas participan activamente de las soluciones a través del diálogo”, destacó la responsable del área, y remarcó que “esto también es posible porque hay un compromiso profesional del equipo de mediadores y mediadores que opera en cada rincón de la provincia, y del respaldo del fiscal general”.

Principios del proceso y excepciones:

Los procesos de mediación y conciliación garantizan la neutralidad e imparcialidad del mediador o mediadora; la igualdad entre las partes; la voluntariedad; el consentimiento informado, la confidencialidad, la inmediatez, la celeridad, la economía procesal y la gratuidad del servicio.

La normativa exceptúa de este tipo de abordaje las causas por delitos dolosos cometidos por funcionarios públicos en ejercicio de su cargo, o aquellas en que haya mediado violencia doméstica o de género, o casos de grave afectación al orden público.

Unificación de criterios y especialización por temáticas:

Para asegurar los mismos estándares de calidad, equidad y coherencia en cada intervención, la oficina de Mediación y Conciliación consolidó criterios institucionales a través de capacitación continua y el desarrollo de protocolos específicos, como el de Intervención en Situaciones Complejas (2018) y el reciente Protocolo de Articulación para la Gestión de Conflictos Ambientales (2026).

Esta evolución posibilitó la creación de capacidades específicas para abordar diferentes temáticas, como por ejemplo:

a) Conflictos Penales con Adolescentes:

Neuquén cuenta con una trayectoria pionera que inició en 2002 con el Programa de Mediación Penal Juvenil. Con la reforma de 2014, este espacio se acopló al programa general, incorporando los principios rectores de la Ley 2302 de Protección Integral del Niño y del Adolescente. El abordaje actual prioriza la perspectiva de derechos, la participación de los entornos familiares y la reparación con un claro sentido educativo.

b) Casos Públicos Complejos:

A partir de las pautas metodológicas fijadas en 2018, el área interviene activamente en conflictos de alta complejidad institucional y social. Son procesos con múltiples partes, de fuerte repercusión pública que demandan habilidades avanzadas de comunicación y coordinación interinstitucional.

c) Conflictos con Perspectiva Animal:

En sintonía con las nuevas demandas jurídicas y sociales, se incluyó el abordaje de conflictos donde los animales son sujetos de protección. La mirada técnica trasciende la disputa entre particulares para velar por el bienestar y el interés de los animales involucrados.

d) Conflictos Ambientales

Constituye la especialidad más nueva del área, formalizada mediante el protocolo dictado en 2026. Está diseñada para la gestión de controversias complejas que involucran a comunidades, empresas, recursos naturales compartidos y organismos públicos; un escenario clave para la realidad de Neuquén ante la convivencia de la actividad hidrocarburífera, la minería y el cuidado del suelo y el agua.

“En estos doce años la oficina de Mediación y Conciliación se consolidó como un espacio de referencia en justicia restaurativa tanto a nivel provincial como nacional”, destacó Basterrechea.

El equipo de Mediación y Conciliación del MPF:

Neuquén: Mediadoras: Gabriela Sabella, Patricia Torres y Erika Vega Hertel. Administrativas: Marcela Muñoz y Paula Verdugo

Cutral Co: Mediadoras: Noelia Sanchez Vallejos, Tatiana Cragnolini. Administrativa: Cristina Mariñanco

Zapala: Mediadoras: Mariza Huinca, Solagne Orellana y Tubbio Gabriel. Administrativa: Fernanda Donoso 

San Martin de los Andes/ Junín de los Andes: Mediadora: Karina Battola. Administrativo: Nicolás Pla

Villa La Angostura: Mediador: Matías Maccio

Chos Malal: Mediador: Javier Adaglio

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