2026-10-19

Acusados por microtráfico acuerdan penas, decomiso de vehículos y multas

En una audiencia de procedimiento abreviado realizada hoy, la fiscal del caso María Eugenia Titanti y el asistente letrado Luciano Vidal presentaron un acuerdo mediante el cual Santiago Fabián Reinoso y Franco Daniel Rechini fueron condenados a 3 años de prisión de ejecución condicional por comercializar estupefacientes en el barrio Valentina Sur. Además, la fiscalía solicitó el sobreseimiento de otras dos personas que habían sido investigadas en la causa.

Durante la audiencia, los representantes del Ministerio Público Fiscal readecuaron la calificación jurídica respecto de Reinoso y Rechini a la de partícipes secundarios en el delito de comercio de estupefacientes y requirieron la pena de 3 años de prisión en suspenso, junto con la imposición de reglas de conducta por el mismo plazo; fijar domicilio y no mudarlo, la prohibición de ingreso, circulación y residencia en el barrio Valentina Sur, no cometer nuevo delito, entre otras.

Además, Titanti y Vidal solicitaron el decomiso de dos camionetas Toyota SW4 secuestradas durante los procedimientos y el pago de una multa de 22,5 unidades fijas cada uno (aproximadamente 2.7 millones de pesos).

En relación con los otros dos imputados, N.F.R y M.R.B la fiscalía pidió su sobreseimiento definitivo por el beneficio de la duda.

El juez de garantías Juan Manuel Kees avaló la propuesta presentada por los representantes del Ministerio Público Fiscal, declaró la responsabilidad de Santiago Fabián Reinoso y Franco Daniel Rechini y les impuso tres años de prisión. Además, dispuso el decomiso de los vehículos secuestrados y fijó una multa para cada uno de los condenados. Finalmente, el magistrado dictó el sobreseimiento de N.F.R y M.R.B.

Los hechos

De acuerdo con la investigación efectuada por el Ministerio Público Fiscal, la causa se originó por hechos de comercialización de estupefacientes en el barrio Valentina Sur de Neuquén capital, registrados entre enero y el 24 de abril de 2026.

Según la acusación de Titanti y Vidal, Santiago Fabián Reynoso vendía drogas desde un inmueble, atendiendo a los compradores a través de una ventana con mostrador y registrando decenas de maniobras de "pasamanos". Por su parte, Franco Daniel Rechini comercializaba sustancias en su domicilio del mismo barrio.

En los allanamientos realizados en ambos lugares, el 25 de abril, el MPF secuestró más de un millón de pesos en efectivo en billetes de baja denominación, teléfonos celulares y anotaciones y 13 gramos de cannabis sativa.

Por estos hechos, Santiago Fabián Reynoso y Franco Daniel Rechini fueron declarados penalmente responsables como partícipes secundarios del delito de comercio de sustancias estupefacientes (artículos 5 inciso c de la Ley 23.737 y 46 del Código Penal).

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