martes 14 de abril de 2026

Condenan por 63 estafas a una mujer imputada por venta fraudulenta de terrenos

La resolución se conoció en una audiencia realizada el lunes, en la que el magistrado validó el acuerdo alcanzado entre la fiscalía, la querella y la defensa.

Condenan por 63 estafas a una mujer imputada por venta fraudulenta de terrenos
martes 14 de abril de 2026

A partir de la investigación impulsada por el fiscal del caso Juan Narvaez y la asistente letrada Tanya Cid, que derivó en un acuerdo parcial y en la aceptación de su responsabilidad, un tribunal de tres jueces declaró la responsabilidad penal de Miriam Claudia Alejandra Godoy como coautora del delito de estafa reiterada en 63 hechos, en una causa vinculada a la venta fraudulenta de terrenos a través de la Cooperativa 14 de Octubre.

La resolución se conoció en una audiencia realizada el lunes, en la que el magistrado validó el acuerdo alcanzado entre la fiscalía, la querella y la defensa. La imputada admitió su participación en la maniobra, renunció al juicio oral en esta etapa y aceptó su responsabilidad penal, lo que permitió avanzar directamente hacia la instancia de determinación de la pena.

De acuerdo con la acusación, los hechos ocurrieron entre 2016 y julio de 2022, cuando Godoy actuó junto a Mario Osvaldo Del Río —ya condenado— en una maniobra destinada a captar personas interesadas en adquirir lotes en la meseta de Neuquén. Utilizando la estructura y el nombre de la cooperativa, inducían a error a las víctimas para que realizaran pagos por terrenos que nunca fueron adjudicados.

Según se expuso en la audiencia, el mecanismo consistía en desviar los pagos que debían realizarse a la empresa desarrolladora hacia cuentas bajo control de los imputados, además de utilizar documentación informal o inválida para simular operaciones legítimas. La investigación determinó que 63 familias resultaron damnificadas.

El perjuicio económico fue estimado en más de $61,9 millones y 13.450 dólares, sin que las víctimas recibieran contraprestación alguna. Entre las pruebas valoradas se incluyeron testimonios de damnificados, documentación contractual, pericias contables, caligráficas e informáticas, además de registros de comunicaciones que evidenciaron la coordinación de la maniobra y el desvío de fondos para fines personales.

El juez Marco Lupica Cristo sostuvo que el acuerdo cumplía con los requisitos legales, contaba con sustento probatorio suficiente y había sido aceptado de manera voluntaria por la imputada. En función de ello, el tribunal resolvió por unanimidad homologarlo y declarar su responsabilidad penal.

El tribunal también estuvo integrado por los jueces Cristian Piana y Raúl Aufranc, quienes aportaron sus votos a la decisión por unanimidad, que en la audiencia comunicó Lupica Cristo.

Tras esta decisión, las partes tendrán un plazo de cinco días para ofrecer prueba de cara a la etapa de cesura, en la que se debatirá la pena a imponer.

SEGUÍ LEYENDO
Últimas noticias