martes 18 de agosto de 2026

Acusado de golpear a su expareja no podrá acercarse a menos de 200 metros

El incumplimiento de las restricciones podría derivar en la imposición de una medida más grave, como la prisión preventiva.

Acusado de golpear a su expareja no podrá acercarse a menos de 200 metros
martes 18 de agosto de 2026

El asistente letrado Nicolás Mellado formuló cargos contra un hombre, M.V., a quien acusó por golpear a su expareja durante una discusión ocurrida el 14 de agosto en Cutral Co.

El representante del Ministerio Público Fiscal encuadró provisoriamente el hecho como lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, en calidad de autor (artículos 89, 92 y 80, incisos 1 y 11, del Código Penal).

Según la acusación, M.V. y la víctima mantuvieron una relación de pareja de la que nació una hija, actualmente de dos años. Durante una audiencia realizada el sábado, el asistente letrado destacó que esa relación terminó hace aproximadamente un año debido a situaciones de violencia padecidas por la víctima y que el 14 de agosto, alrededor de las 20:30, el imputado se presentó en el domicilio de su expareja con la intención de ver a la niña. En ese contexto, M.V. le revisó el teléfono celular a la mujer, lo que derivó en una discusión e insultos. Luego, le dio una cachetada en el rostro que le provocó lesiones leves, compatibles con edema en el pómulo izquierdo y en la región nasal media, según la certificación médica incorporada a la investigación.

Durante la audiencia, Mellado señaló además que en los días previos al hecho la mujer había sido hostigada y amenazada por el imputado. En función de esta situación, sostuvo que existía un riesgo para la integridad de la víctima y solicitó medidas de protección.

El juez de garantías Ignacio Pombo tuvo por formulados los cargos y otorgó un plazo de dos meses para avanzar con la investigación. Entre las medidas pendientes se encuentran entrevistas a la víctima y a testigos, un informe del Servicio de Atención a Víctimas y Testigos, una evaluación médico-forense y la incorporación del certificado de antecedentes del imputado.

Además, Pombo dispuso la libertad de M.V. y le impuso medidas de coerción: no podrá acercarse a menos de 200 metros del domicilio de la víctima ni del comercio donde trabaja y tendrá prohibido establecer cualquier tipo de contacto con ella, personalmente o mediante llamadas, mensajes, redes sociales, WhatsApp u otros medios. También deberá abstenerse de realizar actos de agresión, intimidación, perturbación o violencia.

Las medidas fueron impuestas sin perjuicio de lo que pueda disponer el juzgado de Familia respecto del régimen de comunicación entre el imputado y su hija. El incumplimiento de las restricciones podría derivar en la imposición de una medida más grave, como la prisión preventiva.

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