Amenazó y lesionó a su ex: deberá pagar $5 millones y hacer trabajo comunitario
El violento deberá hacer una donación al programa “Las mujeres hacemos”, que forma parte del convenio que firmó en 2025 el fiscal general José Gerez con autoridades del municipio de Neuquén.
Un hombre que fue acusado por el Ministerio Público Fiscal (MPF) por lesionar y amenazar a su expareja, deberá realizar trabajo comunitario y pagar $4 millones en concepto de reparación a la víctima y $1 millón a un programa de la municipalidad de Neuquén que brinda capacitación a mujeres inmersas en contextos de violencia de género, entre otras pautas de comportamiento.
La resolución del caso se discutió en una audiencia en la Ciudad Judicial, en la que la asistente letrada Analía García, presentó los términos de la Suspensión de Juicio a Prueba (SJP) que se le otorgó al acusado, L.B.C. Esta herramienta se aplicó porque el delito atribuido contempla una pena inferior a tres años con cumplimiento condicional, y porque el imputado no tiene antecedentes penales. Además prevé que, en caso de incumplimiento de alguna de las medidas establecidas, queda sin efecto y puede imponerse una pena de prisión efectiva.
“La víctima ha sido notificada de la resolución del caso y brindó su consentimiento para aplicar esta salida alternativa”, indicó la asistente letrada durante la audiencia.
Las pautas de conducta que se fijaron en la SJP por una plazo de 18 meses fueron las siguientes: pagar dentro de los 30 posteriores a la audiencia de $5 millones, distribuidos en $ 4 millones a la víctima y $1 millón para el programa “Las mujeres hacemos” de la subsecretaría de Mujeres de la municipalidad de Neuquén; realizar 140 horas de trabajo comunitario; asistir a un curso dictado por el Dispositivo de Atención a Varones; finalizar un tratamiento psicológico que ya comenzó; presentarse en forma cuatrimestral ante la Dirección de Población Judicializada; y no tener contacto con la víctima por ningún medio.
El aporte de dinero al programa “Las mujeres hacemos” se resolvió en el contexto del convenio que firmó en 2025 el fiscal general José Gerez con autoridades del municipio de Neuquén. Uno de los objetivos fue destinar los fondos recaudados en los casos que se dan en contextos de violencia de género y que el Ministerio Público Fiscal resuelve mediante la aplicación de una SJP o una pena condicional.
El hecho por el cual L.B.C fue acusado, ocurrió el 20 de diciembre de 2025, alrededor de las 22. El acusado y la víctima mantuvieron una relación de pareja y convivieron de forma esporádica en el domicilio de ella, en la ciudad de Centenario.
A la mañana del 21 de diciembre, alrededor de las 8, el imputado llamó a la víctima y le preguntó si podía ir hacia la casa de ella. Ante la respuesta negativa que recibió, amenazó e insultó a la mujer.
Minutos después se metió en la vivienda, sin el consentimiento de la víctima, y por una puerta trasera. Fue hacia la habitación y comenzó a preguntarle “con quién estás”, a lo que la mujer le respondió que estaba sola. Luego, L.B.C, comenzó a revisar la casa, yendo hacia el baño y a otra habitación. Regresó al dormitorio donde estaba ella y comenzó a darle golpes de puño en el cuerpo, provocándole lesiones en los ojos, en el cuello y el mentón.
En un momento la víctima logró salir de la habitación y fue hacia la casa de un familiar ubicada junto a su vivienda, donde la asistieron y la llevaron hacia el hospital local.
Al momento de la formulación de cargos, L.B.C fue acusado de los delitos de amenaza, violación de domicilio, y lesiones graves doblemente calificadas por el vínculo y por violencia de género, todo en concurso real, en calidad de autor.
El juez de garantías que dirigió la audiencia, Juan Guaita, avaló las pautas fijadas para la SJP.
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