Transfemicidio de Azul Semeñenko: "Fue un homicidio agravado por ensañamiento, odio y violencia de género"
El debate del juicio por jurados populares inició este viernes y el fiscal consignó que el hecho se trató de un crimen agravado por ensañamiento, odio y violencia de género.
“Tenemos un homicidio triplemente agravado: porque existió ensañamiento ya que se le provocó a la víctima un sufrimiento y un dolor más allá del necesario para darle muerte; también porque se actuó por odio hacia la identidad de género de ella; y porque se lo cometió mediando violencia de género”.
El planteo lo hizo el fiscal jefe Agustín García durante el inicio del juicio por jurados por el transfemicidio de Azul Semeñenko. La afirmación la realizó durante el alegato de apertura en el que presentó la acusación del Ministerio Público Fiscal (MPF) ante los 16 ciudadanos y ciudadanas que integran el jurado popular (12 titulares y 4 suplentes). “Azul Semeñenko tenía 49 años, era una trabajadora estatal”, detalló. “Tenía múltiples vulnerabilidades, pero acá no estamos para juzgar su vida, sino para juzgar qué le hizo R. D. S. la madrugada del 25 de septiembre de 2025”, puntualizó.

El juicio comenzó a las 9 en la sala 12 de la Ciudad Judicial, y el fiscal jefe estuvo acompañado por las asistentes letradas Agustina Bouyer y Agustina Jarry.
Por la querella, que representa a la familia de la víctima, intervinieron el abogado Fernando Gómez y la abogada Shirley Sarasola, quienes acompañaron el pedido del MPF para que declare la culpabilidad de R. D. S.
“Para probar este hecho vamos a presentar prueba a través de personal policial, de licenciados en criminalística, de médicos, psiquiatras, psicólogos, antropólogas, además de audios de intervenciones telefónicas”, destacó el fiscal jefe.
El juez de garantías a cargo de dirigir el debate es Luciano Hermosilla, quien en forma previa a los alegatos de apertura brindó una serie de instrucciones generales a los y las integrantes del jurado popular. “Son ustedes quienes van a ver la prueba y deben evaluarla sin prejuicios ni sesgos ni sentimientos”, les planteó el magistrado. “El convencimiento que tienen que lograr ustedes es más allá de toda duda razonable; es un convencimiento que está despojado de algún tipo de duda que no puede ser ficticia, imaginaria o basada en prejuicios o sentimientos”, detalló.

El caso
De acuerdo con la acusación del Ministerio Público Fiscal y de la querella, el hecho fue cometido en la madrugada del 25 de septiembre de 2025, en el domicilio del imputado, R. D. S., en calle Copahue al 1.100. Ambos llegaron allí luego de que R. D. S. abordara a Azul Semeñenko mientras ella ofrecía servicios sexuales en la esquina de Félix San Martín y Santa Cruz. “En algunas ocasiones ella solía ofrecer trabajo sexual”, indicó el fiscal jefe.
En la vivienda, R. D. S. la asesinó mediante golpes con elementos contundentes y al menos 25 heridas de arma blanca, las cuales le provocaron una hemorragia interna masiva al dañarle el corazón y la aorta torácica.
Posteriormente, el acusado trasladó el cuerpo de la mujer trans en su camioneta —envuelto en una lona y atado con alambres y sogas— hacia un canal de desagüe ubicado en la calle Pergamino, donde fue hallado el 14 de octubre por personas que ocasionalmente pasaron por el lugar. “Lo arrojó ahí para intentar ocultarlo, la madrugada del día siguiente al hecho: el 26 de septiembre, cerca de las 4 de la madrugada”, precisó García.

Calificación legal
El delito atribuido a R. D. S. es homicidio triplemente calificado: por ensañamiento, por odio a la identidad de género y por haber sido cometido por un hombre a una mujer mediando violencia de género, en calidad de autor. La figura contempla como única sanción la pena de prisión perpetua.
16.9ºc