En un nuevo juicio, un hombre fue condenado a 8 años y 3 meses por dos abusos sexuales
El nombre del condenado se reserva para evitar que, a partir de su identificación, pueda conocerse la identidad de la víctima.
Un hombre, identificado como R.A.G., fue condenado a 8 años y 3 meses de prisión de cumplimiento efectivo por dos abusos sexuales cometidos en un contexto de convivencia familiar, luego de que el asistente letrado Eduardo Dedominichi impugnara una resolución de un tribunal que no avaló las imputaciones.
Los hechos ocurrieron en la ciudad de Zapala. La víctima era una adolescente menor de edad que se encontraba bajo el cuidado de una familiar adulta y convivía con el acusado. En 2022, R.A.G. cometió un abuso sexual con acceso carnal, aprovechando la situación de convivencia y la relación de autoridad existente dentro del hogar. Posteriormente, durante 2023, cometió un segundo abuso sexual simple, mediante tocamientos, bajo la modalidad de delito continuado.
Originalmente, la investigación llegó a juicio por esos abusos y por un tercer hecho, todos cometidos entre 2022 y 2023. En junio de 2025, el tribunal integrado por Diego Chavarría Ruiz, Eduardo Daniel Egea y Juan Pablo Balderrama declaró al acusado responsable por uno de los hechos —abuso sexual simple, agravado por la convivencia y cometido en modalidad continuada durante 2023— y le impuso una pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
El mismo tribunal lo absolvió por las otras dos imputaciones, que implicaban una calificación legal más grave. El asistente letrado Dedominichi impugnó esa decisión: un nuevo tribunal le dio la razón y ordenó realizar un nuevo juicio para abordar uno de los hechos que habían sido descartados.
Condena
El nuevo proceso concluyó el 7 de septiembre de 2026 con una declaración de responsabilidad por el abuso sexual con acceso carnal cometido en 2022, agravado por el aprovechamiento de una situación de convivencia preexistente con una persona menor de 18 años.
En la audiencia de determinación de pena, junto a la Defensoría de Niñez y Adolescente (que en este tipo de casos interviene como querella institucional en representación directa de la víctima) Dedominichi solicitó 12 años de prisión de cumplimiento efectivo y la unificación con la condena anterior. El planteo se fundamentó, entre otros aspectos, en la extensión del daño y la asimetría de poder existente entre el acusado y la víctima. Para sostener esos agravantes, declararon profesionales de trabajo social y una psicóloga que intervino en el acompañamiento terapéutico de la adolescente.
Finalmente, el tribunal integrado por Ignacio Pombo, Bibiana Ojeda y Laura Barbé impuso 8 años de prisión de cumplimiento efectivo por el hecho ocurrido en 2022 y unificó esa pena con la condena anterior de 3 años. De este modo, estableció una pena única de 8 años y 3 meses de prisión de cumplimiento efectivo.
Como parte del fallo, R.A.G. será inscripto en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS), mientras que la víctima, tras haberlo solicitado ante el tribunal, será informada sobre las resoluciones que se adopten durante la etapa de ejecución de la pena.
El nombre del condenado se reserva para evitar que, a partir de su identificación, pueda conocerse la identidad de la víctima. La medida responde a la necesidad de proteger su intimidad y evitar cualquier dato que permita individualizarla.
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