2026-02-13

Acuerdan penas de entre 3 y 4 años de prisión por venta de drogas

Por pedido de la fiscal del caso Silvia Moreira y del asistente letrado Pablo Jávega, Abel Alexis Molina, Viviana Carolina Martínez y Luis Fernando Barriga fueron condenados por comercializar estupefacientes, en Neuquén y Rincón de los Sauces.

Se resolvió mediante acuerdos de partes, alcanzados en dos audiencias realizadas el lunes y hoy.

Además, Barriga también fue condenado por tener en su poder, sin autorización legal, un arma de fuego apta para el disparo.

Primer caso

En el primer caso, que comprendió a Molina y Martínez, el juez de garantías Cristian Piana homologó un acuerdo pleno mediante el cual se los condenó a 4 años de prisión efectiva y 3 años de prisión condicional, respectivamente.

Además, se les impusieron multas a ambos condenados y se dispuso el decomiso de un vehículo Volkswagen Fox, la suma de $1.183.370 en efectivo y dinero en billeteras virtuales.

Según se acreditó tras la investigación, Molina comercializó clorhidrato de cocaína desde al menos el 1 de agosto de 2025 y hasta el 15 de agosto de ese año, en su domicilio ubicado en la localidad de Rincón de los Sauces. La venta se realizaba a personas que concurrían a ese lugar en distintos horarios.

Por su parte, Martínez prestó colaboración en la actividad organizada por Molina, ya que ocultaba la droga en la vivienda y realizaba tareas de fraccionamiento, pero sin tener dominio del hecho.

El 15 de agosto de 2025 se realizó un allanamiento en el domicilio y allí, pese a que Molina intentó escapar, fue aprehendido junto con Martínez.

Durante el procedimiento se secuestraron 272 gramos de clorhidrato de cocaína -fraccionada y por fraccionar-, $1.183.370 en efectivo, elementos de corte y pesaje y dispositivos de cobro electrónico.

El delito que los representantes del Ministerio Público Fiscal les atribuyeron es comercialización de estupefacientes (artículo 5 inciso “c” de la Ley 23.737 y artículos 77 y 45 del Código Penal), en carácter de autor respecto de Molina y como partícipe secundaria en relación con Martínez.

En cuanto a las penas, el acuerdo estableció para Molina 4 años de prisión efectiva y una multa de 50 unidades básicas; mientras que para Martínez se fijó una pena de 3 años de prisión condicional y una multa de 22,5 unidades básicas.

Segundo caso

En el segundo caso, que comprendió a Barriga, la jueza de garantías Carina Álvarez homologó un acuerdo pleno mediante el cual se lo condenó a 3 años de prisión condicional más la imposición de una multa.

En el marco de una investigación del Ministerio Público Fiscal iniciada por denuncias anónimas a través del código QR de la fiscalía y de la aplicación Neuquén Te Cuida, se realizó un allanamiento el 24 de septiembre de 2025 en un punto de venta de drogas ubicado en la calle 12 de Septiembre de la ciudad de Neuquén.

Allí, entre el 30 de julio y el 24 de septiembre, Barriga, junto a otras personas que están siendo investigadas, vendió estupefacientes a personas que concurrían en distintos horarios.

Al momento de la realización del procedimiento, los efectivos policiales secuestraron 2,84 gramos de clorhidrato de cocaína fraccionada, elementos de corte (bicarbonato de sodio), una balanza digital en funcionamiento, recortes de nylon y anotaciones. Además, fueron secuestrados un arma de fuego tipo revólver calibre 22 largo y varias municiones de distintos calibres.

De la investigación realizada por el MPF y la policía surgió que Barriga era dirigido por terceras personas, que están siendo investigadas, quienes asignaban tareas, cumplían roles y percibían los principales beneficios económicos de las ventas.

Durante el allanamiento había otras dos personas en la vivienda junto al condenado; se encontraban en otras dependencias y también están siendo investigadas.

El delito que se le atribuyó es comercialización de estupefacientes en carácter de partícipe secundario, en concurso real con tenencia de arma de fuego de uso civil en calidad de autor (artículo 5 inciso “c” de la Ley 23.737 y artículos 189 bis, inciso segundo, 45 y 46 del Código Penal).

En relación con la pena, el acuerdo estableció para Barriga 3 años de prisión de cumplimiento condicional, más el pago de una multa de 22,5 unidades fijas y la inhabilitación especial para ser legítimo usuario de armas por 6 años.

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