Ordenan la captura de un imputado por abuso sexual que no se presentó al juicio
Un tribunal declaró hoy en rebeldía y ordenó la captura de un hombre acusado en una causa por abuso sexual, a partir de un pedido formulado por el fiscal del caso Gastón Medina. La decisión se adoptó luego de que el imputado, identificado por sus iniciales R.R.C., no se presentara al inicio del juicio oral sin justificar su ausencia.
La resolución fue tomada por el tribunal integrado por los jueces Juan Pablo Encina y Luciano Hermosilla y la jueza Natalia Pelosso.
Al comenzar la audiencia, el fiscal solicitó un cuarto intermedio de 30 minutos ante la posibilidad de que el imputado estuviera demorado por las condiciones climáticas y dificultades en el transporte público. El planteo fue acompañado por la defensa y por la Defensoría de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente.
Sin embargo, una vez reanudada la audiencia, el acusado continuaba ausente y no había presentado ninguna justificación. En ese contexto, Medina pidió que se lo declarara en rebeldía y se ordenara su captura, al sostener que había sido debidamente notificado de la fecha del juicio y de las consecuencias procesales de no comparecer.
Además, el fiscal informó que el Ministerio Público Fiscal impulsaría distintas diligencias para localizar al imputado durante la jornada, con el objetivo de que, si era habido, el juicio pudiera comenzar al día siguiente. En ese sentido, solicitó que se mantuviera la agenda prevista para la segunda jornada del debate.
Al resolver el planteo, el tribunal hizo lugar al pedido del fiscal Medina, declaró la rebeldía del imputado, ordenó su captura y dispuso mantener reservada la agenda del juicio para posibilitar su realización en caso de que el acusado sea localizado.
La acusación formulada por el Ministerio Público Fiscal atribuye a R.R.C. los delitos de abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, ambos agravados por la convivencia, en carácter de autor (artículos 119, tercero y cuarto párrafos, inciso f; 45 y 55 del Código Penal).
El juicio ya había sido reprogramado con anterioridad. Hasta hoy, el imputado cumplía una medida de coerción consistente en presentaciones periódicas en una comisaría y no se habían registrado incumplimientos.