Cuatro policías fueron acusados por la muerte de un hombre durante un procedimiento en el Hospital Heller
La fiscal del caso Lorena Juárez acusó a seis policías por la muerte de un hombre durante un procedimiento realizado en el hospital Horacio Heller de Neuquén. Junto al asistente letrado Maximiliano Jávega, les atribuyó el delito de homicidio simple con exceso en el cumplimiento de un deber, en carácter de coautores, ya que según explicó, actuaron en el marco de un procedimiento legítimo pero aplicaron la fuerza de un modo que excedió los límites permitidos.
La acusación alcanza a Gino Edgardo Facci, Marcelo Alejandro Orellana, Tomás Francisco Ontiveros, Milton Félix Adrián Torrico, D.A.R y S.S.B. La fiscalía sostuvo que los seis intervinieron en distintos momentos del procedimiento y que el uso de la fuerza provocó las lesiones que causaron la muerte de José Galeano.
El juez tuvo por formulada la acusación y sostuvo que la investigación debe avanzar en cuatro de los seis casos. Interpretó que, por el momento, D.A.R y S.S.B no continúen imputados.
¿Qué ocurrió?
De acuerdo a la teoría del caso de la fiscalía, el 18 de noviembre de 2025, alrededor de la 1:24, en el Hospital Heller, la víctima ingresó por un sector de acceso general del establecimiento.
Había consumido cocaína y tenía un cuchillo en sus manos. La fiscal del caso relató que, en ese contexto, golpeó puertas y ventanas, gritó que necesitaba ayuda y que querían matarlo. Un policía que cumplía funciones de consigna pidió apoyo. Facci y Orellana llegaron al sector de guardia, apuntaron sus armas hacia Galeano y lograron que dejara el cuchillo. Luego, Orellana tomó el arma blanca y la arrojó hacia el sector donde estaban los pacientes. Después intentó reducir a Galeano y lo derribó. Una vez en el piso, colocó varias veces una rodilla sobre su torso y espalda, mientras aplicó el peso de su cuerpo. Facci colaboró en la reducción y sujetó sus piernas. La fiscalía atribuyó a esa acción conjunta las fracturas de costillas.
Después llegaron Torrico, Ontiveros, D.A.R y S.S.B. La fiscal del caso precisó que Ontiveros se arrodilló sobre la espalda de Galeano y, junto con Torrico, lo sujetó mientras mantenían a la víctima boca abajo. Personal de seguridad colocó las esposas detrás de su espalda.
Juárez sostuvo que los policías mantuvieron a Galeano en esa posición y lo trasladaron varios metros mientras permanecía esposado. Al llegar al ingreso de la ambulancia, dejaron a Galeano boca abajo, con las manos esposadas detrás de la espalda. El hombre continuó moviéndose, pidió ayuda y manifestó que no podía respirar. Aproximadamente 15 minutos después, Galeano quedó inconsciente.
La representante del MPF señaló que D.A.R y S.S.B lo trasladaron otros ocho metros, nuevamente boca abajo y esposado, lo dejaron en el piso y le retiraron las esposas.
La fiscal sostuvo que las maniobras de reducción y traslado provocaron un traumatismo cerrado grave de tórax, con fracturas bilaterales de costillas y neumotórax. Los médicos realizaron maniobras de reanimación cardiopulmonar, pero no lograron revertir el cuadro.
Dolo eventual
Juárez explicó que los policías actuaron en el marco de un procedimiento legítimo, pero que el modo en que aplicaron la fuerza excedió los límites del deber. En ese contexto, planteó que los imputados actuaron con dolo eventual respecto del resultado mortal: no hubo intención de provocar la muerte, pero debían representarse que, con el accionar desplegado, podían provocar la muerte de la víctima.
La fiscal del caso remarcó que la investigación se centraba en una muerte bajo custodia policial y encuadró los hechos en el delito de homicidio simple, con dolo eventual, en exceso del cumplimiento del deber, en los términos de los artículos 79, 35 en función del artículo 34 inciso 4 y 45 del Código Penal.
La querella particular planteó una calificación diferente y sostuvo que los policías cometieron torturas seguidas de muerte. También pidió al juez que tuviera por formulados los cargos bajo esa figura penal.
Resolución
Tras un cuarto intermedio, el juez Luciano Hermosilla descartó la figura penal propuesta por la querella y tuvo por formulados los cargos contra los cuatro de los seis policías por homicidio simple con dolo eventual y en exceso del cumplimiento del deber, tal como propuso la fiscal del caso.
“Estamos en una audiencia de formulación de cargos y tenemos que evaluar si existen elementos de sospecha suficientes para que avance una investigación. Entiendo que en la mayor parte de los casos es así”, anticipó el juez. Y luego convalidó las imputaciones a Orellana, Facci, Ontiveros y Torrico. Respecto de D.A.R y S.S.B, el juez interpretó que, por el momento, no se debían tener por formulados los cargos.
Ante una serie de planteos de Juárez, el magistrado declaró el caso complejo y fijó en un año el plazo de investigación. No avaló un pedido de la fiscal para suspender a los efectivos en sus funciones para cautelar el riesgo de entorpecimiento de la investigación, pero si ordenó enviar un oficio a la Jefatura de Policía para que se disponga un cambio de funciones. Finalmente, impuso una prohibición de contacto entre los imputados y de acercamiento respecto de testigos del caso.