Confirman la condena a 18 años de prisión para un docente por abusos en un jardín
Con esta resolución, la condena a 18 años de prisión cumplió con todas las instancias ordinarias de revisión.
A partir de los argumentos sostenidos por el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid en la audiencia de impugnación, un tribunal confirmó la declaración de responsabilidad y la pena de 18 años de prisión impuesta a W.G.H., el docente condenado por múltiples delitos contra la integridad sexual cometidos contra niños y niñas que asistían a un jardín de infantes de la ciudad.
En noviembre de 2024, un jurado popular declaró culpable al acusado por un hecho de abuso sexual con acceso carnal, dos hechos de abuso sexual gravemente ultrajante y nueve hechos de abuso sexual simple, todos agravados por ser encargado de la educación, en perjuicio de niños y niñas que asistían a un jardín de infantes de la ciudad de Neuquén. A partir de los pedidos de las partes, en febrero de 2025 se fijó la pena en 18 años de prisión.
La defensa impugnó tanto el veredicto como la pena, al sostener que existieron supuestos defectos procesales, irregularidades en las instrucciones al jurado y arbitrariedad en la valoración de la prueba. Durante la audiencia ante un tribunal de impugnación integrado por Mauricio Macagno, Andrés Repetto y Liliana Deiub, el fiscal Breide Obeid solicitó el rechazo del recurso y defendió la legalidad del juicio y la solidez del veredicto.
El fiscal argumentó que el hecho de que el jurado dictara 12 veredictos de culpabilidad y 11 de no culpabilidad demostraba un análisis minucioso y racional de la prueba, descartando la teoría de la “psicosis colectiva” planteada por la defensa. El tribunal recogió ese razonamiento y señaló que la coexistencia de condenas y absoluciones acredita que el jurado realizó un examen pormenorizado y responsable de cada imputación.
Las conclusiones
Tras analizar los agravios planteados, el tribunal rechazó la impugnación y confirmó en todos sus términos la declaración de responsabilidad y la pena impuesta, convalidando el trabajo de investigación y litigación realizado por el Ministerio Público Fiscal durante el proceso.
Los dos jueces y la jueza descartaron los cuestionamientos de la defensa respecto de una prueba clave en el juicio: los informes de las psicólogas del Gabinete de Psiquiatría y Psicología Forense del Poder Judicial y de la perito de la querella. Resaltaron que mientras la defensa criticó globalmente los informes oficiales, su propia perito de parte validó una de las Cámaras Gesell que la fiscalía utilizó como prueba de cargo; y que incluso reconoció que se había equivocado al señalar supuestas inconsistencias en los informes oficiales.
Con esta resolución, la condena a 18 años de prisión cumplió con todas las instancias ordinarias de revisión.
14.1ºc