2025-07-24

Retuvo a su pareja, la golpeó y abusó: fue condenado a 6 años de prisión

El fiscal del caso Manuel Islas y la asistente letrada Vanesa Muñoz, presentaron un acuerdo pleno mediante el cual un varón, A.C.M.B, fue declarado penalmente responsable por mantener encerrada a una mujer durante más de 30 horas, golpearla y abusarla sexualmente, y lo condenaron a 6 años de prisión.

Durante la audiencia, realizada hoy en la Ciudad Judicial, el fiscal y la asistente letrada describieron que el hecho fue cometido entre el 7 y el 8 de septiembre de 2024. En ese lapso, el acusado mantuvo privada de la libertad a una mujer que en ese momento era su pareja por aproximadamente 32 horas, en la vivienda donde ambos convivían, ubicada en un barrio de la ciudad de Neuquén.

En ese período, A.C.M.B golpeó a la víctima y le provocó lesiones; le impidió salir de la casa; la ató y abusó sexualmente; y además, le rompió el teléfono celular. La mujer logró escapar de la vivienda luego de pedir ayuda a los vecinos y vecinas del barrio.

Los delitos que Islas y Muñoz le atribuyeron al imputado son privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida con violencia, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal reiterados y daño simple, coacción agravada y lesiones leves calificadas por el vínculo, todo en carácter de autor (artículos 119 tercer párrafo, 142 inciso primero, 149 bis tercer párrafo, 183, 89, 92, 45, 54 y 55 del Código Penal).

Para arribar al monto de pena acordado, los representantes de la Unidad Fiscal de Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales valoraron como circunstancias agravantes principalmente la extensión del daño causado a la víctima y el modo de comisión, entre otros. En referencia a las atenuantes se tuvieron en cuenta que el imputado no tiene antecedentes penales computables y que asumió su responsabilidad.

Finalmente como parte del acuerdo, las partes pidieron que A.C.M.B sea inscripto en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPECoDIS) y renunciaron a los plazos recursivos, para que la pena quede firme y pueda comenzar a ejecutarse.

Luis Giorgetti, el juez que estuvo a cargo de la audiencia de procedimiento abreviado, homologó el acuerdo presentado por las partes, declaró la responsabilidad penal y fijó la condena en 6 años de prisión efectiva. Además, el magistrado tuvo presente la renuncia de las partes a los plazos y ordenó la inscripción del condenando en el RIPECoDIS.

Si bien A.C.M.B fue declarado responsable y condenando, su identidad se reserva con el objetivo de resguardar la intimidad de la víctima y su grupo familiar.

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