Condenan a tres personas por agredir a una familia en el marco de un conflicto por tierras
Durante una audiencia realizada el miércoles, tres varones de una misma familia reconocieron haber agredido a un grupo de personas en el marco de una disputa por tierras en una zona rural de Plottier y, a partir de la acusación de la asistente letrada Carolina Gutiérrez, fueron declarados responsables y condenados a penas de 6 años de prisión efectiva, en un caso, y a 3 años de prisión condicional, en los dos restantes.
Los hechos ocurrieron el 22 de enero de 2025, cuando se produjo una violenta agresión contra miembros de la familia afectada en el marco de un conflicto territorial de larga data.
Durante la audiencia, la representante del MPF explicó que el ataque se originó cuando Roberto Ceferino Garrido e Ignacio Juan de Dios Garrido se presentaron en un lote donde un hombre realizaba tareas de limpieza vinculadas a la familia afectada. Allí, Roberto Garrido golpeó con un palo a una mujer en la cabeza, pierna y hombro, mientras que Ignacio Garrido le arrojó piedras con una gomera.
Ante los gritos de auxilio, la pareja de la mujer y su hijo se acercaron al lugar para defenderla. En ese momento, José Adrián Garrido, hermano de Roberto, salió armado desde una vivienda cercana y efectuó varios disparos por la espalda hacia ambos, con la intención de darles muerte.
Cuando las víctimas cayeron al suelo gravemente heridas, los tres imputados continuaron golpeándolos y pateándolos.
Finalmente, cuando la mujer y otro de sus familiares intentaron brindar asistencia, José Adrián Garrido les apuntó con el arma, los amenazó y volvió a disparar para impedir que se acercaran.
Calificaciones legales
Gutiérrez encuadró el accionar de José Adrián Garrido en el delito de autor de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa (dos hechos), en concurso real con coacción agravada por el uso de arma de fuego y abuso de arma; en tanto que Roberto Ceferino Garrido e Ignacio Juan de Dios Garrido fueron declarados responsables como coautores de lesiones leves (dos hechos) en concurso real con lesiones graves.
Así, José Adrián cumplirá 6 años de prisión efectiva, mientras que a Roberto Ceferino e Ignacio Juan de Dios se le impusieron 3 años de prisión, pero de ejecución condicional.
Los tres imputados reconocieron su responsabilidad penal y renunciaron a los plazos procesales, y se comprometieron a desistir de cualquier reclamo de tierras vinculado con el conflicto original.
Homologación y reglas de conducta
El juez Juan Guaita homologó el acuerdo presentado por las partes, considerando que resultaba razonable y ajustado a derecho. Fundamentó la procedencia de la mutación de la calificación para dos de los acusados por la dificultad probatoria para acreditar el dolo homicida, mientras que mantuvo la calificación originaria respecto del imputado que efectuó disparos, por encontrarse prueba suficiente de su dominio del hecho.
Los dos condenados a penas de ejecución condicional, además, deberán fijar y mantener domicilio; realizar presentaciones trimestrales ante el área correspondiente, abstenerse del consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes; no podrán realizar actos de perturbación o violencia contra la familia afectada. Ante cualquier incumplimiento, la condicionalidad podrá ser revocada y la fiscalía podrá solicitar que la pena sea efectiva.