2025-11-19

Planes sociales: anulan la decisión de un juez por "violación del debido proceso"

Un tribunal de impugnación hizo lugar a un pedido del fiscal jefe Pablo Vignaroli y anuló lo resuelto por un juez de garantías, quien no permitió que la fiscalía argumentara contra la posición de la defensa en una audiencia para definir la prueba con la que se discutirán las penas en la causa por estafas con planes sociales.

Integrado por los jueces Andrés Repetto y Nazareno Eulogio, junto a la jueza Estefanía Sauli, el tribunal sostuvo que se habilitó la impugnación de la fiscalía debido a que en un audiencia realizada la semana pasada, se produjo “una flagrante violación al debido proceso”. Por esa razón, ordenó volver a realizar la audiencia para que, de ese modo, todas las partes puedan presentar sus argumentos.

El juez Repetto destacó que la estructura del Sistema Penal de Neuquén se basa en que los jueces deben resolver sobre controversias, y que en el caso concreto, la controversia se presentó una vez que la defensa expuso sus argumentos y no antes, por lo que el juez debió habilitar la respuesta fiscal.

La impugnación

Vignaroli objetó lo resuelto por el juez de garantías Marco Lupica Cristo, quien hizo lugar a un planteo de dos de las defensas y, sin escuchar los argumentos en contrario de parte de la fiscalía, excluyó prueba de la audiencia de determinación de la pena en la causa por estafas con planes sociales.

La impugnación fiscal se dio en el marco del proceso iniciado tras el veredicto dictado el 23 de septiembre, cuando los jueces Juan Guaita, Luciano Hermosilla y Juan Manuel Kees declararon la responsabilidad de 12 de las 14 personas llevadas a juicio. El tribunal consideró acreditado que cometieron el delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio del Estado y descartó la existencia de una asociación ilícita, tal como había postulado oportunamente el Ministerio Público Fiscal.

El fiscal jefe afirmó que el juez de garantías resolvió sobre la base de los argumentos de la defensa, sin dar traslado a la fiscalía para responder a la oposición a la prueba ofrecida. Para la fiscalía, este proceder vulneró el principio de contradictorio, la igualdad de armas, el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

Tras escuchar a las partes, el Tribunal de Impugnación convalidó el planteo del fiscal jefe y ordenó el renvío del caso para volver a realizar la audiencia ante un nuevo juez de garantías. Será mañana a las 8:30, tal como se resolvió de manera inmediata.

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