2026-03-03

Tres personas reconocieron que vendían drogas: cumplirán penas y pagarán multas

En el marco de un procedimiento abreviado, un juez de garantías homologó un acuerdo pleno presentado por la fiscal del caso María Eugenia Titanti y el asistente letrado Bruno Miciullo, y condenó a tres personas por comercializar estupefacientes en la localidad de Rincón de los Sauces.

El principal imputado, Darío Juan Corimayo, fue condenado a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo y al pago de una multa de 45 unidades fijas como autor del delito de comercio de estupefacientes.

En tanto, Clara Noemí Delgadillo e Iván Ezequiel Pereira Rolón recibieron una pena de 3 años de prisión de ejecución condicional y el pago de una multa de 22,5 unidades fijas cada uno, por el mismo delito pero en carácter de partícipes secundarios.

Los hechos

De acuerdo con la acusación, Corimayo comercializaba clorhidrato de cocaína desde una vivienda ubicada en Rincón de los Sauces, al menos durante enero de este año. En el interior del domicilio fraccionaba la sustancia en dosis de aproximadamente 0,6 gramos, que luego vendía a consumidores que se acercaban hasta el lugar.

Las transacciones se realizaban en efectivo y también mediante transferencias a billeteras virtuales. En algunas oportunidades, recibía elementos presuntamente sustraídos —como herramientas u otros objetos de valor— a cambio de la droga.

La investigación determinó que Delgadillo facilitaba el inmueble para el acopio, fraccionamiento y venta de la sustancia, y además aportaba sus cuentas personales en plataformas digitales para canalizar los pagos.

Por su parte, Pereira Rolón colaboraba en las ventas y también realizaba entregas bajo la modalidad “delivery”, utilizando un vehículo Ford EcoSport y una motocicleta 110 cc.

El 29 de enero, durante un allanamiento en la vivienda, se secuestraron más de 70 gramos de clorhidrato de cocaína —parte fraccionada en 80 envoltorios listos para la venta—, balanzas de precisión, recortes de nylon, dispositivos de cobro electrónico y teléfonos celulares vinculados a las cuentas utilizadas, además de $5.236.500 en efectivo.

El acuerdo

El juez de garantías Juan Manuel Kees describió que el procedimiento abreviado implica el reconocimiento de los hechos por parte de los imputados y la renuncia a la realización de un juicio oral.

Tras analizar el acuerdo, consideró acreditada la existencia del hecho y la participación de los acusados, y avaló las penas solicitadas por las partes, junto con las reglas de conducta impuestas a quienes recibieron condenas condicionales, que deberán cumplir durante tres años bajo supervisión judicial.

Además, dispuso el decomiso del dinero secuestrado y de todos los elementos utilizados para la comercialización.

Las partes renunciaron a los plazos de impugnación, por lo que la sentencia quedó firme.

Te puede interesar