2026-03-04

Acuerdan condenas para cuatro personas por vender drogas en Cuenca XV

La fiscal del caso Eugenia Titanti y el asistente letrado Bruno Miciullo presentaron un acuerdo pleno mediante el cual cuatro personas fueron condenadas por comercializar estupefacientes desde una vivienda del sector Peumayén, en la ciudad de Neuquén.

Los funcionarios de la fiscalía de Narcocriminalidad describieron que, al menos entre el 10 de noviembre y el 11 de diciembre de 2025, Mariana Estela Ortiz Martínez encabezó la venta de droga desde el domicilio en el que residía. La comercialización la hacía junto a su hermana Sandra Celeste Ortiz y sus hijos Érika Nicole Garcete Ortiz y Esteban Ariel Garcete Ortiz.

De acuerdo con la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal, utilizaban la fachada de un kiosco instalado en la vivienda para concretar las operaciones. Atendían a los compradores a través de una ventana con rejas que daba a la vía pública. Allí intercambiaban envoltorios con sustancia estupefaciente por dinero en efectivo o transferencias a billeteras virtuales.

Desarrollaban la actividad en distintos horarios las 24 horas del día y, durante las tareas de observación, se registraron al menos 153 movimientos compatibles con la venta al menudeo.

A partir de un allanamiento solicitado por la fiscalía, el 11 de diciembre en el marco del procedimiento se secuestraron 2,791 kilogramos de cannabis sativa -distribuidos en panes compactados, cogollos y en 155 envoltorios fraccionados-, un millón de pesos en efectivo, 215 dólares estadounidenses, siete teléfonos celulares, dos balanzas de precisión, un dispositivo de cobro electrónico, recortes de nylon y anotaciones varias.

Además, en la habitación de Esteban Garcete Ortiz se encontró un pistolón calibre 24 apto para disparo, el cual tenía sin poseer la autorización legal.

El delito que Titanti y Miciullo le atribuyeron a Ortiz Martínez es comercio de estupefacientes en carácter de autora y, en el caso de Sandra Celeste Ortiz y Érika Nicole Garcete Ortiz, como partícipes secundarias del mismo delito. A Esteban Ariel Garcete Ortiz, los funcionarios de la fiscalía le atribuyeron, además de su participación secundaria en la comercialización, la tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil en concurso real.

Al momento de acordar las penas, los representantes del Ministerio Público Fiscal valoraron como agravantes la reiteración de los hechos, la extensión en el tiempo, la pluralidad de imputados y, en el caso de Esteban Garcete Ortiz, el concurso real de delitos. Como atenuantes, consideraron la falta de antecedentes condenatorios y la asunción de responsabilidad de los imputados.

La jueza de garantías Natalia Pelosso, que estuvo a cargo de la audiencia, homologó el acuerdo en todos sus términos. De esta forma, condenó a Mariana Estela Ortiz Martínez a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo más el pago de una multa de 45 unidades fijas, a Sandra Celeste Ortiz a 2 años y 6 meses de prisión de ejecución condicional, a Érika Nicole Garcete Ortiz, a 2 años de prisión condicional y a Esteban Ariel Garcete Ortiz a 2 años y 6 meses de prisión condicional.

A los tres condenados con penas condicionales, la magistrada también les impuso reglas de conducta que deberán cumplir por el plazo de tres años y les aplicó multas de 22,5 unidades fijas.

Asimismo, como parte del acuerdo, se dispuso el decomiso de la totalidad de los elementos secuestrados. Como todas las partes renunciaron a los plazos de impugnación, la sentencia quedó firme.

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