2026-08-21

Femicidio en Kilka: imponen prisión perpetua al responsable

Alcides Ramón Reyes, declarado culpable por un jurado popular por el femicidio de Mabel Rosana López Fernández en el paraje Kilka, fue condenado a la pena de prisión perpetua.

La resolución fue comunicada el jueves por el juez técnico Diego Chavarría Ruiz, en una audiencia en la que el Ministerio Público Fiscal (MPF), representado por el fiscal jefe Matías Álvarez y la fiscal del caso Laura Pizzipaulo, requirió la imposición de la pena prevista para el delito por el cual Reyes fue declarado responsable.

El jurado popular había declarado a Reyes culpable, por 9 votos sobre 12, como autor del delito de homicidio agravado por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género (femicidio).

Durante la audiencia de determinación de pena, la defensa no cuestionó la prisión perpetua prevista para el delito, pero planteó la inconstitucionalidad de los artículos 13 y 14, inciso 1°, del Código Penal. Solicitó que se habilitara eventualmente el acceso a la libertad condicional y que se fijara un plazo de revisión de la pena a los 25 años.

El hecho

De acuerdo con la teoría del caso del MPF, el femicidio de Mabel Rosana López Fernández fue cometido el 9 de noviembre de 2025, en un sector de la Ruta Provincial 13, entre Villa Pehuenia y Zapala.

Según la acusación, luego de una discusión y de ejercer violencia contra la víctima, Reyes condujo una camioneta hasta la zona de un puente en el paraje Kilka y la arrojó hacia un barranco con Mabel Rosana López Fernández en su interior. Como consecuencia de la caída, la mujer sufrió lesiones que provocaron su muerte.

Momentos antes de que el vehículo cayera al barranco, dos personas que viajaban junto a Reyes y la víctima fueron obligadas a descender de la camioneta.

Durante el juicio por jurados, la acusación fue impulsada por el fiscal jefe Álvarez, la fiscal Pizzipaulo y el asistente letrado Guillermo Rodríguez. El debate fue dirigido por el juez técnico Diego Chavarría Ruiz.

Además de la prisión perpetua, el juez impuso a Reyes la inhabilitación absoluta prevista en el artículo 12 del Código Penal.

Sobre la prisión perpetua

El juez rechazó el planteo en esta etapa del proceso. Explicó que no puede modificar ahora la pena fijada por el Congreso ni establecer un plazo de revisión -por ejemplo, dentro de 25 años- que la ley no contempla.

Sin embargo, Chavarría Ruiz dejó expresamente establecido que, de acuerdo con el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Soto”, el planteo de la defensa no podía ser considerado prematuro. Por eso, señaló que la prisión perpetua impuesta a Reyes no puede ser entendida como una pena sin posibilidad de revisión y remarcó que, cuando llegue la etapa de ejecución, el juez o la jueza que intervenga deberá analizar el régimen de cumplimiento.

De este modo, el juez mantuvo la prisión perpetua establecida por la ley, pero dejó para la etapa de ejecución el análisis concreto de las condiciones de cumplimiento y de la eventual compatibilidad constitucional del régimen.

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